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INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE INVESTIGACIÓN ANTIDUMPING SOBRE LAS IMPORTACIONES DE VARILLAS DE ACERO ROSCADAS ORIGINARIAS DE LA REPÚBLICA POPULAR CHINA

RESOLUCIÓN POR LA QUE SE ACEPTA LA SOLICITUD DE PARTE INTERESADA Y SE DECLARA EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE INVESTIGACIÓN ANTIDUMPING SOBRE LAS IMPORTACIONES DE VARILLAS DE ACERO ROSCADAS ORIGINARIAS DE LA REPÚBLICA POPULAR CHINA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAÍS DE PROCEDENCIA

CIUDAD DE MÉXICO, 9 de junio de 2023 — La Secretaría de Economía de México ha aceptado una solicitud y ha declarado la apertura de una investigación antidumping sobre las importaciones de varillas de acero roscadas originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia. La investigación se centra en las mercancías que ingresan a México a través de las fracciones arancelarias 7318.15.99 y 7318.19.99 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación (TIGIE), o por cualquier otra vía.

El periodo de investigación se fijó del 1 de enero al 31 de diciembre de 2022, con un periodo de análisis de daño desde el 1 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2022. En línea con lo establecido en el Acuerdo Antidumping y la Ley de Comercio Exterior (LCE), la Secretaría podría aplicar cuotas compensatorias definitivas a los productos importados hasta 90 días antes de la fecha de aplicación de las medidas provisionales.

Los productores nacionales, importadores, exportadores, entidades corporativas extranjeras y cualquier persona con interés jurídico en el resultado de la investigación tienen un plazo de 23 días hábiles para justificar su interés jurídico y presentar su respuesta al formulario oficial. El plazo empezará a contar 5 días después de la publicación de la resolución en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

El formulario oficial se puede obtener a través de la página de Internet de la Secretaría de Economía, y también se puede solicitar por correo electrónico o directamente en las oficinas de la Secretaría en la Ciudad de México.

La resolución será notificada a las empresas y al gobierno que son objeto de la investigación. Las copias se pondrán a disposición de cualquier parte que las solicite y acredite su interés jurídico en el resultado de la investigación.

La Asociación Nacional de Importadores y Exportadores de la República Mexicana (ANAM) también será notificada de la resolución para fines legales correspondientes.

La resolución entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el DOF, fortaleciendo el compromiso de México para garantizar el comercio justo y proteger a los productores nacionales de prácticas comerciales desleales.

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