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Inicia el Examen de Vigencia y la Revisión de Cuotas Compensatorias para las Importaciones de Globos Metalizados de China

Ciudad de México, 7 de Junio de 2023 – El Gobierno de México ha anunciado el comienzo de una revisión oficial de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de globos de plástico metalizado originarios de la República Popular China. La revisión concierne a las importaciones que ingresan a través de las fracciones arancelarias 9503.00.23 y 9505.90.99 de la TIGIE, independientemente de su país de procedencia.

De acuerdo con la resolución oficial, el periodo de examen y revisión abarcará desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2022, con un periodo de análisis que se extiende desde el 1 de enero de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2022. La cuota compensatoria definitiva se mantendrá vigente durante el periodo de examen y revisión.

Los productores nacionales, importadores, exportadores, personas morales extranjeras, y cualquier persona que acredite tener un interés jurídico en el resultado de este procedimiento tendrán un plazo de 28 días hábiles para presentar sus respuestas a los formularios establecidos para tales efectos, así como para presentar los argumentos y pruebas que consideren pertinentes. Este plazo comenzará el día siguiente a la publicación de la Resolución en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

La presentación de la información se podrá realizar de manera física en el domicilio ubicado en Calle Pachuca número 189, Colonia Condesa, en la Ciudad de México, entre las 9:00 y las 14:00 horas. También se permitirá la entrega de información de manera electrónica, conforme a lo dispuesto en el “Acuerdo por el que se establecen medidas administrativas en la Secretaría de Economía”.

Los formularios oficiales para participar en este procedimiento están disponibles en el sitio web de la Secretaría de Economía, y también se pueden solicitar por correo electrónico o de manera presencial en el domicilio de la Secretaría.

La Resolución ha sido comunicada a la Agencia Nacional de Aduanas de México para los efectos legales correspondientes y entrará en vigor el día después de su publicación en el DOF.

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